La Administración del Seguro Social define una persona “discapacitada” como aquella que está discapacitada por una enfermedad, lesión o condición física o mental (o una combinación de esas tres) durante al menos un año; y esa enfermedad, lesión o condición debe impedirle realizar cualquier trabajo sustancial (no solo su trabajo habitual). También se considera cómo el dolor afecta su trabajo. Cumplir con estos requisitos puede resultar difícil porque las regulaciones del Seguro Social exigen documentación médica (como radiografías, pruebas u otras formas de documentación médica) y no solo la opinión de un médico. La Administración de la Seguridad Social puede incluso exigir exámenes adicionales (a su cargo). Si se niega a cooperar en estas evaluaciones adicionales, es probable que se rechace su reclamo.